Dictamen N° 84396/2015
N° 84.396 Fecha: 23-X-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Subsecretaría de Redes Asistenciales, remitiendo un antecedente que daría cuenta de los requisitos para participar del Programa de Estancias Formativas año 2013 y otro en que consta que solicitó a los servicios de salud los actos administrativos que seleccionaron a los pasantes, de conformidad a lo ordenado en el dictamen N° 28.372, de 2015, de este origen. Como cuestión previa, es menester recordar que el aludido pronunciamiento señaló que los servidores públicos beneficiados con cursos de capacitación de perfeccionamiento -como el anotado programa- debían ser seleccionados mediante concurso. En ese contexto, se requirió a esa subsecretaría para que dentro del plazo de 30 días hábiles acompañara los antecedentes que dieran cuenta de las condiciones fijadas para participar en esos certámenes, los criterios de selección pertinentes y los actos administrativos mediante los cuales se formalizó su resultado o, en su caso, las medidas de regularización correspondientes. Pues bien, en esta oportunidad dicha subsecretaría acompaña el memorándum C32 N° 144, del 22 de julio de 2013, emanado de su Jefe de la División de Gestión y Desarrollo de las Personas y dirigido a los servicios de salud y establecimientos experimentales, que adjunta una propuesta de orientaciones generales para la selección de funcionarios regidos por la ley N° 18.834 y profesionales funcionarios, en programas de capacitación y perfeccionamiento de iniciativa central o ministerial. Además, se adjunta el memorándum C32 N° 82, de 7 de septiembre de 2015, enviado a todos los servicios de salud, en donde se solicita se remitan los actos administrativos que formalizan la selección de participantes del anotado programa. Al respecto cabe puntualizar que el documento individualizado en primer término se tuvo a la vista al emitir el anotado dictamen N° 28.372 y, tal como aparece de su denominación, es solo una propuesta de orientaciones. Por otra parte, es menester observar que de los registros de esta Entidad de Control aparece que el antedicho pronunciamiento fue recibido en ese ministerio con fecha 15 de abril de este año, por lo que al 21 de septiembre, data de ingreso a esta Contraloría General de la presentación en análisis, se encontraba latamente vencido el plazo otorgado en ese oficio para la remisión de los antecedentes requeridos, circunstancia que deberá tenerse en consideración en lo sucesivo, a fin de evitar dilaciones de esta clase. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante