Dictamen CGR

Dictamen N° 84515/2016

2016-11-22 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de dictaminar sobre la resolución que indica, por estar el asunto en actual conocimiento del tribunal de contratación pública

N° 84.515 Fecha: 22-XI-2016 Mediante la presentación de la referencia, los señores Javier González García y Francisco Domeyko Agüero, ambos en representación de la empresa Cygsa Chile S.A., solicitan a este organismo fiscalizador se declare la ilegalidad y arbitrariedad de la resolución exenta N° 3.186, de 2016, de la Dirección General de Obras Públicas –que desestima la totalidad de las propuestas presentadas en el concurso público de la “Asesoría de Inspección Fiscal para la Explotación de Obras Concesionadas Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria, Grupo 1”–, retrotrayendo el procedimiento administrativo de la licitación al estado en que se encontraba antes de su dictación. Asimismo, los interesados requieren a esta Contraloría General se abstenga de tomar razón de la resolución N° 151, de 2016, de la misma dirección, mediante la cual se aprueba un convenio de modificación por aumento de recursos del contrato de asesoría actualmente vigente respecto de dicho programa, por las razones que en su presentación se indican. Solicitado su parecer a la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas y a la Dirección General de Obras Públicas, se ha informado por ellas que la recurrente dedujo ante el Tribunal de Contratación Pública una acción de impugnación por acto ilegal y arbitrario en contra de la citada dirección, a propósito de la resolución exenta N° 3.186, de 2016, ya aludida, fundada en el artículo 24 de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. En ese sentido, cumple con señalar que conforme a los antecedentes la misma materia que los peticionarios denuncian ha sido sometida al conocimiento del Tribunal de Contratación Pública, mediante una demanda de impugnación interpuesta por ellos en representación de la antedicha empresa Cygsa Chile S.A, la que ha dado lugar a la causa rol N° 190-2016, encontrándose actualmente en tramitación. Por ende, considerando lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, en orden a que ésta no intervendrá ni informará los asuntos que se encuentran sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, como acontece en la especie, esta entidad fiscalizadora debe abstenerse de emitir un pronunciamiento en lo concerniente a la situación planteada. Finalmente, es menester hacer presente que luego del correspondiente examen de juridicidad, la resolución N° 151, de 2016, ya referida, fue tomada de razón por este órgano de control, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, con fecha 13 de octubre del presente. Transcríbase a la Dirección General de Obras Públicas y a la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República