Dictamen N° 84745/2016
N° 84.745 Fecha: 23-XI-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a las resoluciones del epígrafe, mediante las cuales se adjudica la ejecución de las obras denominadas “Habilitación SAR Los Castaños, La Florida” y “Construcción SAR La Bandera, San Ramón”, respectivamente, ya que no se advierte de qué manera se ha realizado la evaluación de la capacidad económica de los oferentes, toda vez que el punto 3.1, N° 5, de las bases administrativas tipo aplicables en la especie -sancionadas a través de la resolución N° 1, de 2013, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales-, señala que “La capacidad mínima para aceptar la oferta debe ser equivalente al 15% del monto del presupuesto oficial” y, a su vez, los Anexos Complementarios pertinentes aprobados por las resoluciones exentas N os 320 y 513, de 2016, del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, indican en su numeral 4, que el presupuesto oficial es “Según Precio de Mercado”. Asimismo, se observa que la Comisión Evaluadora de las ofertas estuvo compuesta por un número mayor de integrantes no contemplados en el numeral 12 de las aludidas resoluciones exentas N os 320 y 513, de 2016. Por otra parte, no consta que los permisos de edificación hayan sido otorgados, conforme a lo requerido en el artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, aprobada por el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. En seguida, es dable señalar que no se advierte el fundamento por el cual se recibieron las ofertas en la misma fecha fijada para la apertura, en circunstancias que el punto 1.8.2 de las bases antedichas indica que la recepción de las ofertas se hará hasta el día hábil anterior a la apertura. Luego, y sólo respecto de la resolución N° 1.122, el proyecto de gases clínicos de la obra no da cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.10.5 de la norma chilena N° 2.196, de 1994, el cual dispone que las centrales de suministro de gases, como la que se consulta, deben proveerse de un sistema de detección, alarma y extinción de incendios. Además, no consta que haya sido prorrogada la garantía de seriedad de la oferta. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación