Dictamen CGR

Dictamen N° 8480/2014

2014-02-04 · Obras públicas y concesiones · general · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 13 de 2014, de la Dirección de Vialidad

N° 8.480 Fecha: 04-II-2014 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 13 de 2014, de la Dirección de Vialidad, que, entre otras medidas, aprueba la devolución de las retenciones del contrato “Reposición Puente Coinco, Sector Coinco, Comuna de Doñihue, Provincia de Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O'Higggins”, por cuanto, para determinar el monto pagado por concepto de reajustes, si bien se utilizaron los índices que comunica oficialmente la Dirección de Planeamiento -como señala el punto 7.14.3 de las bases tipo, aprobadas por la resolución N° 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, aplicables en la especie-, no se advierten las razones y los argumentos jurídicos por los cuales en la resolución exenta N° 835, de 2012, de la aludida Dirección de Planeamiento, se dispuso que en el caso del acero el cálculo respectivo se efectuara sobre la base del valor del Índice de Precios al por Mayor asignado a dicho insumo en el mes de septiembre de 2011, y no al del último mes informado conforme a ese índice, correspondiente al mes de diciembre de ese año, la que, además, se aplicó respecto de estados de pago anteriores a su emisión. Por otra parte, se advierte que el acto en examen, dictado el 9 de enero del presente año, fue emitido con evidente retardo, dado que el acta de recepción provisional que se aprueba en su resuelvo N° 1 se remonta al 15 de febrero de 2013, sin que resulte justificación suficiente lo indicado en el considerando del instrumento del epígrafe, acerca de la demora en la obtención de las evaluaciones definitivas de los controles respectivos. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación