Dictamen CGR

Dictamen N° 84827/2015

2015-10-26 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 84.827 Fecha: 26-X-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-3623, conducido por su funcionario, señor Víctor Antonio Abdala Cabezas, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 19 de octubre de 2014, ese servidor se desplazaba en el citado móvil por el camino público El Copihue, en la comuna de Los Ángeles, y al llegar a una curva existente a la altura del km. 1 de esa vía, fue colisionado por un automóvil particular que circulaba por la misma arteria, cuyo chofer, menor de edad y que, además, lo hacía bajo la influencia del alcohol, no conservó la mitad derecha de la calzada, lo que la Subcomisaría I.A.T. y Carreteras Bio-Bío, en su oficio N° 84-A-2014, estableció como causal del accidente, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 49, de 2014, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Biobío, ascenderían a la suma de $8.230.007, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 14, de 2015, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Víctor Antonio Abdala Cabezas, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-3623; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante