Dictamen N° 8488/2013
N° 8.488 Fecha: 07-II-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2525, conducido por su funcionaria, señora Raquel Andrea Ávila Quinteros, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerada de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 3 de diciembre de 2010, esa servidora, acompañada de otros empleados, en el contexto de una persecución de un vehículo particular que tenía encargo por robo, se desplazaba en el citado móvil policial por Cajellón La Primavera, en la comuna de La Pintana, y debido a que lo hacía a una velocidad no razonable ni prudente acorde con las condiciones del camino (gravilla suelta y baches), perdió el control del automóvil que conducía, chocando con un poste, lo que el Departamento de Investigaciones de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 228, de 2010, estableció como causa del accidente, efectuándose la respectiva denuncia ante la Fiscalía Local de San Miguel. Los perjuicios ocasionados al móvil fiscal, según el certificado N o 325, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $1.612.150, siendo esa especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, y dado que no existen en el proceso sumarial incoado al efecto, elementos probatorios que lleven a la plena convicción de que la indicada empleada adoptó las precauciones necesarias para una adecuada conducción, a objeto de evitar todo riesgo de accidente, se ha estimado que no es procedente exonerar de responsabilidad civil a la señora Raquel Andrea Ávila Quinteros, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2525. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante