Dictamen N° 8499/2016
N° 8.499 Fecha:02-II-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón del instrumento del rubro, que aprueba modificación del estudio “Construcción eje orbital sur sector ruta 5 sur- ruta G-45 (Padre Hurtado), región Metropolitana”, por cuanto no existe un debido fundamento para aumentar el plazo de las etapas 1.4 y 1.5 ni respecto a las razones por las cuales esa repartición determina dicho lapso en 90 días. Lo anterior, si se tiene presente que ello obedece a la incorporación del diseño de las estructuras a que se alude en la letra b. de la cláusula primera del acuerdo, sin que se hayan acompañado sus respectivas especificaciones. Adicionalmente, y como se indica en la letra d) de la cláusula primera del convenio que se aprueba, si deben valorizarse las tareas adicionales para las cuales se concede el aumento de plazo, no resulta procedente que ello no se realice en el mismo convenio ni que la resolución que lo sanciona no contenga la imputación de los recursos correspondientes. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación