Dictamen N° 85118/2013
N° 85.118 Fecha : 27-XII-2013 El Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción -CORFO-, solicita se aclare el pronunciamiento jurídico contenido en el oficio N° 57.325, de 2013, de este origen, relacionado con las situaciones expuestas en el Informe Final N° 106, de 2012, de esta Entidad de Fiscalización, sobre examen a las operaciones de los préstamos de fomento de ese organismo, el cual determinó que los actos administrativos aprobatorios de las normas operativas de los programas que los regulan constituyen reglamentos emanados del jefe de servicio que versan acerca de materias sujetas a toma de razón, por lo que, acorde con lo dispuesto en las resoluciones N°s. 520, de 1996 y 1.600, de 2008, ambas de esta Entidad de Control, debieron enviarse al control preventivo de legalidad. Al respecto, pide se dilucide si deben remitirse a dicho trámite aquellos reglamentos que tratan de programas que estando vigentes se encuentran abiertos para aceptar nuevas postulaciones de los interesados, como también los que se hallan cerrados por no admitirlas. Asimismo, requiere se establezca un plazo para el envío a toma de razón de los referidos actos administrativos fijando para tal objeto, como punto de partida, el mes de enero de 2014, con la finalidad de hacer frente a sus compromisos del año 2013. Sobre la materia, es preciso consignar que los programas de la especie los ejecuta la CORFO dentro del ámbito de las atribuciones que le confiere su ley orgánica, y las normas operativas de los mismos discurren sobre la base del otorgamiento de líneas de crédito con cargo a los recursos dispuestos para cada uno de ellos, regulándose las condiciones para el prepago de las mismas. En este contexto, es menester informar que deberán enviarse a toma de razón las resoluciones que sancionan los reglamentos de nuevos programas que la CORFO decida crear y que den origen a la apertura de líneas de crédito en favor de sus beneficiarios. También tienen que cumplir con dicho trámite los actos administrativos que ejecutan acuerdos del correspondiente órgano colegiado aprobando las líneas crediticias a favor de cada uno de los beneficiarios, con cargo a los programas actualmente abiertos y los que en el futuro se implementen. Ahora bien, atendidas las razones expuestas por la CORFO y con el fin de no afectar su ejecución presupuestaria, considerando, a su vez, la actual época del año, corresponde instruir a dicha Corporación en orden a que debe remitir a toma de razón los actos administrativos que dicte a partir del 1 de enero de 2014, aprobando los nuevos programas y líneas de crédito a que se ha hecho mención. Transcríbase a la División de Auditoría Administrativa de esta Entidad de Fiscalización. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República