Dictamen N° 85189/2015
N° 85.189 Fecha: 27-X-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Remigio Barriga Baeza, exdocente de la Municipalidad de Melipeuco, para solicitar el recálculo de su tasa de reemplazo líquida, a fin de obtener el bono que establece la ley N° 20.305. Al respecto, es útil recordar que el artículo 2° de la ley N° 20.305, previene que para acceder al beneficio en comento, será necesario cumplir los requisitos copulativos que exige, entre las cuales se encuentra, en el N° 3, el de tener una tasa de reemplazo líquida igual o inferior a 55%, la que debe ser determinada, según la forma indicada en dicho texto legal, por la Superintendencia de Pensiones. Ahora bien, según se advierte de la información proporcionada, la tasa de reemplazo líquida del señor Barriga Baeza fue calculada por la entidad competente, la que consideró la situación previsional en que se encontraba a la fecha de suscribir la solicitud de la bonificación en estudio, obteniendo un 57.72%, cifra que excede del máximo previsto en la antedicha ley N° 20.305, sin que proceda que este Ente Fiscalizador revise lo resuelto por ese servicio. Por último, es menester señalar, tal como se ha manifestado en el dictamen N° 18.727, de 2015, de este origen, que aun cuando la ley N° 20.305 contempla la posibilidad de efectuar un recálculo de la tasa de reemplazo líquida de un peticionario con motivo del cambio de la modalidad de su pensión, ello está establecido solo en la hipótesis que regula el artículo quinto transitorio de dicho cuerpo normativo, es decir, para aquellos funcionarios que cesaron en el periodo comprendido entre el 14 de noviembre de 2003 y el 1 de enero de 2009, lo que no ocurre en la especie, dado que, según los antecedentes que obran en poder de este Órgano de Control, el interesado terminó sus labores en el año 2013. En mérito de lo expuesto, es dable concluir que el recurrente no tiene derecho a la prestación antes referida. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante