Dictamen N° 85392/2015
N° 85.392 Fecha:28-X-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, que adjudica la propuesta pública que se individualiza, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, para la suscripción del contrato respectivo se deberá solicitar al adjudicatario que presente la declaración jurada relacionada con las condenas por delitos concursales establecidos en el Código Penal y aquella en que conste que no ha sido condenado en virtud de los artículos 8° y 10 de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.393. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución mencionada. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante