Dictamen CGR

Dictamen N° 85779/2015

2015-10-29 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 85.779 Fecha: 29-X-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2995, conducido por su funcionario, señor Mario Jacob Fuentealba Sierra, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación adjunta, en especial, las declaraciones del aludido empleado y de sus dos acompañantes, aparece que el día 10 de marzo de 2015, aquel se desplazaba en el referido vehículo por calle Vecinal, en persecución de un automóvil particular, cuyos ocupantes habían realizado una transacción de droga, y próximo a la intersección con calle Reumén, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, uno de esos sujetos disparó en contra del personal policial, por lo que el señor Fuentealba Sierra efectuó una maniobra de frenado, no obstante lo cual, igualmente colisionó al móvil que seguía, debido a que el chofer de este último se detuvo de forma intempestiva, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 89, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían a la suma de $6.631.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 54, de la misma anualidad, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Mario Jacob Fuentealba Sierra, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2995; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante