Dictamen N° 86409/2015
N° 86.409 Fecha: 30-X-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a las resoluciones del epígrafe, que adjudican las propuestas públicas que en cada caso se individualiza, por cuanto se ajustan a derecho. No obstante, cumple con manifestar que procede que para la suscripción de los contratos respectivos se solicite a los adjudicatarios que presenten la declaración jurada relacionada con las condenas por delitos concursales establecidos en el Código Penal, atendido que se advierte un error en el Anexo N° 3 subido al portal por esa entidad y completado por los oferentes. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de las resoluciones del rubro. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante