Dictamen N° 86419/2015
N° 86.419 Fecha : 30-X-2015 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al documento del epígrafe, que aplica la medida disciplinaria de destitución al exfuncionario Manuel Alejandro Cortez Román, en consideración a que, según los registros de esta Entidad Fiscalizadora, a la fecha de instrucción de la presente investigación sumaria -25 de octubre de 2015-, el inculpado no tenía la calidad de empleado público, toda vez que su contrata estuvo vigente hasta el 30 de septiembre de 2012, de manera que a su respecto no procede hacer efectiva la responsabilidad estatutaria por haberse desvinculado de la Administración con anterioridad al inicio del aludido proceso sumarial, acorde con el criterio contenido, entre otros, en el dictamen N° 2.875, de 2014, de este origen. En estas condiciones, se representa el instrumento de la suma y se devuelve conjuntamente con sus antecedentes, con el objeto que esa superioridad emita la resolución que declare que en relación con el individualizado servidor concurre la causal de extinción de responsabilidad administrativa prevista en artículo 157, letra b), de la ley N° 18.834. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante