Dictamen N° 86593/2016
N ° 86.593 Fecha: 30-XI-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del epígrafe, que declara resuelto anticipadamente el contrato “Consultoría para la puesta en servicio del puente Cau-Cau, región de Los Ríos”, pero cumple con hacer presente que conforme con los antecedentes tenidos a la vista, entiende que en la especie se configura la causal establecida en el artículo 64, letra a), del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, aprobado por el decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas. Enseguida, cabe añadir que en lo sucesivo, los considerandos de actos administrativos como el que se analiza deberán detallar con claridad las circunstancias precisas que den cuenta de la o las causales de término anticipado que se apliquen en cada caso. Lo anterior es sin perjuicio del resultado de las acciones de fiscalización de esta Contraloría General, en relación con las diversas problemáticas que ha presentado la referida obra pública y de las responsabilidades que se determinen sobre la materia. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación