Dictamen N° 8669/2013
N° 8.669 Fecha : 07-II-2013 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución 277, de 2012, del SERVIU Metropolitano, mediante el cual se acepta la oferta y contrata la ejecución de las obras de “Conservación Vías Transantiago”, comuna de Peñalolén, atendido que no consta que se hayan dispuesto los recursos necesarios para solventar la ejecución de la obra durante el año 2013. A su vez, corresponde señalar en relación a los antecedentes técnicos acompañados, que en la tabla 6.2 contenida en el punto 7.2 de las Especificaciones Técnicas -Recapado Asfáltico en Caliente- se advierte que el coeficiente para el espesor contratado igual a 0.99 está contemplado tanto en el rango que no contempla multa, como en aquél que tiene asignado una multa del 5% del valor de la carpeta asfáltica. Del mismo modo, en el punto 7.3.1 de las citadas especificaciones, respecto del contenido de asfalto, se señala que se aceptará la muestra individual si su contenido de asfalto es mayor o igual a Pb-0.3% e inferior o igual a Pb+0.3%, y que ningún valor deberá ser inferior a Pb-0,5% ni superior a Pb+0,5%, en este caso el sector representativo de dicha muestra se multará en un 100% o se rehará, en circunstancias que en la tabla 6.3A del mismo punto, se indica un valor de aceptación de la muestra mayor o igual a Pb-0,5% y menor o igual a Pb+0,5%, y de multa al 100% para la muestra mayor a Pb+0.7% y menor a Pb-0,7%, lo que no es concordante con lo primero. Finalmente, la tabla 6.3B del numeral 7.3.2, no contempla una multa para un 95% de partículas chancadas, no obstante que el párrafo que le precede exige que dicho porcentaje sea mayor al señalado. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación