Dictamen N° 87451/2014
N° 87.451 Fecha: 11-XI-2014 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de efectuar el control preventivo de juridicidad de la resolución individualizada en la suma, mediante la cual se autoriza la contratación, en la modalidad de trato directo, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles con el Centro de Políticas Públicas de la Pontificia Universidad Católica de Chile, para el servicio de asesoría que indica, por cuanto, en atención a la materia de que se trata, se encuentra exenta de la toma de razón, correspondiendo someter a ese trámite el acto administrativo que, en su oportunidad, apruebe el referido acuerdo de voluntades, si corresponde, de acuerdo con la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo Fiscalizador. Lo expresado, es sin perjuicio, por cierto, de aplicarse respecto de la resolución exenta de la especie, las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la citada resolución N° 1.600. Por lo expuesto, se remite adjunto el mencionado documento. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación