Dictamen CGR

Dictamen N° 8757/2016

2016-02-03 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 8.757 Fecha: 3-II-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños causados en el automóvil fiscal RP-3683, conducido por su funcionario, señor Manuel Alexis Hidalgo Castillo, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 2 de junio de 2014, ese servidor dejó estacionado el citado móvil en la zona de seguridad de la caletera de la Autopista Vespucio Norte, en la comuna de Renca, con la finalidad de efectuar un control vehicular, y al intentar fiscalizar al chofer de una motocicleta, este reinició la marcha, chocando con un muro y luego con el automóvil policial, lo que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 144, de esa anualidad, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 402, de 2015, de la Sección de Reparación y Mantención, ascendieron a la suma de $340.792, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Manuel Alexis Hidalgo Castillo, por los daños causados en el automóvil fiscal RP-3683; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General de la República Subrogante