Dictamen CGR

Dictamen N° 87789/2014

2014-11-11 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Vigente
Sumario. Se abstiene de ejercer el control previo de juridicidad respecto de las resoluciones N° 298, 304, 307, 334, 335, 365, 379, 381, 389, 390 y 394, todas de 2014, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, por referirse a una materia exenta de toma de razón

N° 87.789 Fecha: 11-XI-2014 Esta Entidad de Control se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad de los actos administrativos indicados en el rubro -mediante los cuales se aprueban las renovaciones de contratos referidos al suministro de medicamentos, insumos y dispositivos médicos que indican-, ya que atendido el monto de los contratos, estos se encuentran exentos del trámite de toma de razón, conforme a lo dispuesto en el artículo 9°, N° 9.1.1., inciso segundo, de la resolución N o 1.600, de 2008, de esta Contraloría General. Por consiguiente, se remiten adjuntos los mencionados documentos, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la citada resolución N° 1.600, de 2008. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante