Dictamen N° 88531/2016
N° 88.531 Fecha: 7-XII-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que adjudica la licitación para la contratación del diseño de especialidades y ejecución de obras para la “Construcción de la Sala Cuna y Jardín Infantil Bagioli, de la comuna de Colina”, atendido a que el proyecto en el primer piso, deberá ajustarse al coeficiente de ocupación de suelo establecido para la zona A3, en el Plan Regulador Comunal de Colina, sancionado por el decreto alcaldicio N°629, de 2010. Además, cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, el plazo máximo que se establezca en el anexo complementario para la obtención del permiso de edificación por parte del contratista, deberá considerar los plazos que la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción prevé para la obtención del mismo. Finalmente, corresponde señalar que esa entidad pública debe foliar debidamente el acto administrativo de que se trata e inutilizar el reverso de sus páginas con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, conforme a la jurisprudencia administrativa de esta entidad de fiscalización. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación