Dictamen CGR

Dictamen N° 8886/2020

2020-05-11 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 9, de 2020, del Ministerio de Obras Públicas
Aplicado por
Dictamen N° 37067/2020
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Dictamen N° 33017/2020
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N° 8.886 Fecha: 11-V-2020 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que regulariza lo obrado y aprueba convenio ad-referéndum N°5 de la consultoría “Diseño de obras fluviales y de control aluvional cuenca del río El Tránsito, comuna de Alto del Carmen, Región de Atacama”, pero cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, los anexos adjuntos a los convenios que celebre dicha repartición, al formar parte de tales acuerdos, deberán transcribirse íntegramente en los actos administrativos que los sancionen, conforme a lo dispuesto en el artículo 8º, de la resolución Nº 7, de 2019, de este órgano de control, lo que no ocurrió con los Anexos N°s 1 y 2, aprobados en el resuelvo N° 2 y que se tuvieron a la vista. Enseguida, acorde a los antecedentes tenidos a la vista, cabe añadir que el plazo en que el consultor desarrolló la etapa IIIB fue de 83 días, y no el indicado en la columna “Desarrollo Etapa (Consultor)”, contenida en la segunda tabla del punto segundo del pacto. Por último, con relación a las fechas de término efectivas de las diversas etapas, corresponde indicar, que los antecedentes que las acrediten también deberán ser acompañados junto a la liquidación de la asesoría de la especie, oportunidad en la que se verificará la regularidad su ejecución. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División