Dictamen CGR

Dictamen N° 8888/2020

2020-05-11 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución Nº 9, de 2020, de la Dirección de Obras Portuarias
Aplicado por
Dictamen N° 38445/2020
Aplica dictamen

N° 8.888 Fecha: 11-V-2020 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba la liquidación final del contrato relativo a la obra “Restauración muelle salitrero Melbourne y Clark”, en atención a las siguientes observaciones: 1.- Acerca de la nota (3) consignada bajo la tabla del punto 4 de la liquidación, corresponde manifestar que no se acompañan antecedentes del municipio que acrediten la restitución efectuada a esa dirección producto del recálculo del monto pagado por valor proforma. Tampoco, es posible advertir el fundamento jurídico para dar tratamiento de “otras retenciones” a dicha suma. 2.- La devolución de la multa mal cursada que se efectúa en el estado de pago N° 20, carece de antecedentes suficientes de respaldo, toda vez que la resolución exenta N° 688, de 2015, de la Dirección General de Obras Públicas se encuentra incompleta y que no fue remitido el informe de multas N°1 -de 27 de septiembre de 2013- del inspector fiscal. No se aprecia la razón por la cual, se confiere tratamiento de multa, incluyéndose en la columna respectiva, a la suma de $52.335, citada en la nota (4) de la tabla del punto 4 de la liquidación. 3.- No se advierte el motivo por el cual, en el resumen del Anexo 1 -informe técnico de la cuarta modificación del contrato-, se señala como índice base de las modificaciones anteriores el correspondiente al mes de diciembre de 2013. 4.- Se omite acompañar la siguiente documentación: a.- Los registros de hincado y prueba de tracción de las operaciones 12.1 “Hinca y Anclaje por Penetración Tramo 1 (Pilotes 12” x 79,7 kg/m)”, 12.2 “Hinca y Anclaje por Penetración Tramo 2 (Pilotes 14” x 94,55 kg/m)”, 12.3 “Hinca y Anclaje por Penetración Tramo 3 (Pilotes 14” x 94,55 kg/m)”, 12.4 “Hinca y Anclaje por Penetración Acceso (Pilotes 12” x 79,7 kg/m)” y 12.5 “Hinca y Anclaje por Penetración Chaza (Pilotes 10 3/4” x 51,01 kg /m)”, exigidos en las especificaciones técnicas especiales. b.- Informe de la empresa Geovenor de las pruebas de cargas y tracción de los pilotes, validada por la División de Proyectos mediante memorándum DVPR N° 61, de fecha 3 de septiembre de 2013, según se indica en el Anexo N°1 de la primera modificación del contrato. c.- Las resoluciones exentas Nos 1.190 y 2.726, de 8 de mayo y 21 de octubre, respectivamente, ambas de 2013 y de esa dirección, asociadas al nombramiento del inspector fiscal, citadas en la nota (2) del punto 1 de la liquidación. d.- copia de las pólizas de los seguros de responsabilidad civil ante terceros y seguro contra todo riesgo de construcción constituidos. e.- copia de la boleta de garantía de fiel cumplimiento número 7793932, cuya devolución se dispone en el resuelvo segundo del acto en examen. f.- La especificación técnica de la partida 12.9, obra extraordinaria de la modificación N° 2, aprobada mediante la resolución exenta N° 3.593, de 2013, de esa dirección y los anexos Nos 6, de la primera modificación y 10 de la séptima modificación, aprobadas por las resoluciones exentas Nos 3.301, de 2013 y 1.896, de 2014, ambas de esa dirección. g.- certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales correspondiente al mes de junio de 2013 del contratista Muelle Melbourne & Clark S.A. h.- convenio mandato G.R. N° 001673, de 17 de diciembre de 2012 y sus modificaciones. i.- Antecedentes del estado del procedimiento disciplinario que ordenó instruir el informe de auditoría N° 10/2014 de la Contraloría Regional de Antofagasta. 5.- Finalmente, y en lo meramente formal, en el punto 4 de la liquidación, primera columna de la tabla allí contenida, se repite la expresión 10-B para identificar distintos estados de pagos y en los vistos se consigna erróneamente el carácter exento de la resolución N° 88, de 2015, de esa dirección. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División