Dictamen CGR

Dictamen N° 889/2011

2011-01-07 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa resolución N° 6 de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, mediante la cual se deja constancia del ingreso y permanencia en el territorio de la República de una unidad representativa del Ejército Argentino, para participar en la Parada Militar en Aysén
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N° 889 Fecha: 07-I-2011 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 6 de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, mediante la cual se deja constancia del ingreso y permanencia en el territorio de la República de una unidad representativa del Ejército Argentino, para participar en la Parada Militar en Aysén, entre el 17 y el 20 de septiembre del presente año. No obstante, cumpla con hacer presente que, acorde con lo previsto en la ley N° 19.067, que Establece Normas Permanentes Sobre Entrada de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República y Salida de Tropas Nacionales del Mismo, la naturaleza del acto administrativo en examen es autorizatoria, de modo que no se limita a dejar constancia de un hecho que ya tenía autorización previa. Por otra parte, se debe manifestar que se ha cursado el documento en estudio, en el entendido de que la causal invocada correspondería a la celebración de efemérides, contemplada en el artículo 2° de la citada ley N° 19.067, la que, en futuras oportunidades, debe ser debidamente invocada y fundamentada, tanto en la resolución respectiva como en los antecedentes que sirven de sustento para su dictación. Asimismo, es necesario hacer presente que esa Secretaría de Estado deberá, en lo sucesivo, arbitrar las medidas tendientes a que los actos administrativos autorizatorios como el de la especie, sean dictados y remitidos al trámite de toma de razón oportunamente, considerando que a esa época, les actividades a que éste se refiere se encontraban ya realizadas. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República