Dictamen N° 90184/2015
N° 90.184 Fecha: 12-XI-2015 La Facultad de Odontología de la Universidad de Chile, solicita un pronunciamiento que determine si la señora Mirta Landaeta Mendoza, puede ingresar a ese centro de estudios, no obstante haber obtenido el incentivo al retiro previsto en la ley N° 20.707, luego de renunciar, en marzo de 2015, al cargo que servía en el Hospital San Juan de Dios, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Occidente. Sobre el particular, es dable anotar que en el inciso primero del artículo primero transitorio de la ley N° 20.707, se dispone, una bonificación por retiro para los profesionales funcionarios de planta o a contrata, regidos por las leyes N° 15.076 y N° 19.664, que se desempeñen en los servicios de salud y en los establecimientos de salud de carácter experimental que indica. Por su parte, en el inciso primero del artículo sexto transitorio del mismo texto legal, preceptúa que quienes cesen en sus cargos por aplicación de lo dispuesto en dicha ley, no podrán ser designados en calidad de titular o a contrata, ni contratados a honorarios, en ninguno de los organismos antes referidos, durante los cinco años siguientes al término de su relación laboral, a menos que, previamente, devuelvan la totalidad del beneficio percibido. Pues bien, como es posible advertir, la referida prohibición solo rige respecto de los servicios que expresamente menciona el citado artículo primero transitorio, dentro de los cuales no se encuentran las universidades, por lo que no se observa ningún inconveniente para que la exservidora de que se trata, pueda ser objeto de una designación en la Facultad de Odontología de la Universidad de Chile. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante