Dictamen N° 90714/2015
N° 90.714 Fecha: 16-XI-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se aprueban las bases administrativas, y anexos para la contratación de los servicios de medicina oftalmológica en trauma ocular del Hospital del Salvador. No obstante, cumple con hacer presente que de acuerdo al artículo 31 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886, al momento de regular la garantía de seriedad de la oferta, las bases no podrán establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, debiendo aceptar cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en ese precepto reglamentario. En razón de ello, cumple con señalar que la exigencia que se formula en el artículo 17° de dichas bases administrativas, en orden a que tal caución debe ser tomada en una institución bancaria con agencia en la Región Metropolitana, debe tenerse por no escrita; lo que deberá ser precisado por la entidad licitante en la etapa de aclaración de bases, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración. Con el alcance que antecede se ha tomado razón de la mencionada resolución. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante