Dictamen N° 91277/2016
N° 91.277 Fecha: 20-XII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Municipalidad de Cerrillos, solicitando la reconsideración del oficio N° 51.878, de 2016, de este origen, que concluyó, en síntesis, que corresponde que esa entidad edilicia requiera de la Junta de Vecinos Cerro Verde una complementación de la rendición de cuentas, al constatarse que la subvención otorgada fue utilizada solo en algunos de los fines autorizados, debiendo obtener la restitución de los recursos que no fueron ocupados. Sostiene la entidad edilicia, que al haberse otorgado con acuerdo del concejo una subvención menor a la solicitada por la referida junta de vecinos -manteniéndose en forma íntegra los objetivos a que debía destinarse la misma-, dicha organización tuvo que optar por la ejecución de los proyectos que consideró más importantes, quedando los otros sin fondos para financiarlos. Sobre el particular, cabe recordar que la jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control ha precisado que corresponde principalmente a las municipalidades, en cumplimiento de su obligación de resguardar debidamente su patrimonio, verificar que los fondos que transfieran a título de subvención -con arreglo a lo establecido en los artículos 5°, letra g), y 65, letra h), de la ley N° 18.695-, sean efectivamente utilizados en la satisfacción del objetivo para el cual han sido entregados, a fin de evitar eventuales usos indebidos de esos recursos (aplica dictamen N° 53.269, de 2008). Por su parte, de acuerdo a lo sostenido en el dictamen N° 20.097, de 2002, la rendición de cuentas tiene por objeto demostrar que los recursos concedidos han sido destinados a las finalidades previstas al efecto, de manera oportuna, eficiente y transparente. Pues bien, en dicho contexto y considerando los nuevos antecedentes entregados en esta ocasión, aparece que la señalada junta de vecinos solicitó al mencionado municipio una subvención por un monto mayor al que en definitiva le fue otorgado, manteniéndose la totalidad de los proyectos que serían financiados con aquel aporte, lo que implicó, en definitiva, que la citada organización sólo pudo financiar una parte de aquellos, lo que consta del acta de verificación emitida por el director de desarrollo comunitario, de 2 de marzo de 2016, en que se certifica, tanto el cumplimiento de parte del objeto para el cual fue entregado el beneficio, como el reintegro de $ 6.524 del monto total entregado. En consecuencia, atendido lo anteriormente expuesto, procede que, por esta vez, la Municipalidad de Cerrillos acepte la rendición de cuentas presentada por la directiva de esa organización comunitaria, sin que sea necesario solicitar una complementación de la misma, debiendo, en lo sucesivo, al otorgar subvenciones velar por que exista una congruencia entre los montos otorgados y los fines para los cuales se entregan. Se reconsidera el oficio N° 51.878, de 2016, de este origen. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República