Dictamen N° 91900/2014
N° 91.900 Fecha: 26-XI-2014 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, mediante el cual se expulsa del territorio nacional a la extranjera que individualiza, por ajustarse a derecho. Sin perjuicio de ello ha estimado del caso hacer presente que del estudio de los antecedentes acompañados ha tomado conocimiento de las circunstancias en que se produjo el ingreso clandestino de quien es objeto de dicha medida, debiendo advertir, al respecto, que el artículo 5° del decreto ley N° 2.460, de 1979, Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones de Chile, encarga a esa entidad el control del ingreso y salida de personas del territorio nacional, así como la fiscalización de la permanencia de los extranjeros en el país, a lo que el decreto ley N° 1.094, de 1975 -que establece Normas sobre Extranjeros en Chile-, agrega, en su artículo 10°, el deber de informar al Ministerio del Interior y Seguridad Pública de las infracciones de que tome conocimiento, sin perjuicio de adoptar las demás medidas señaladas en ese texto legal o en su reglamento. En este contexto, cabe advertir que el artículo 53 de la ley N° 18.575 prescribe que el interés general exige el empleo de medios idóneos de diagnóstico, decisión y control, para concretar una gestión eficiente y eficaz, añadiendo que el recto y correcto ejercicio del poder público se expresa, entre otros, en lo razonable e imparcial de sus decisiones y en la expedición en el cumplimiento de sus funciones legales. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo en estudio. Transcríbase al Ministerio del Interior y Seguridad Pública y a la Policía de Investigaciones de Chile. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante