Dictamen CGR

Dictamen N° 9199/2014

2014-02-06 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Vigente
Sumario. Cursa con alcance el decreto N° 67, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social
Aplicado por
Dictamen N° 101187/2015
Aplica dictamen

N° 9.199 Fecha: 06-II-2014 Este Ente Contralor ha dado curso al decreto N° 67, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, mediante el cual se aprueba el reglamento del artículo 3° de la ley N° 20.670, que crea el sistema Elige Vivir Sano, por ajustarse a derecho. Sin perjuicio de ello, cumple con hacer presente que la facultad que se otorga al Ministerio de Desarrollo Social, en el inciso segundo del artículo 14 del acto administrativo en revisión, para requerir a las entidades respectivas las bases de datos a que se refiere el inciso primero de ese precepto, incluyendo los datos personales necesarios, debe efectuarse, tratándose de datos sensibles, con sujeción a lo dispuesto en el inciso cuarto de la letra s) del artículo 3° de la ley N° 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social. Así entonces, sólo podrán requerirse tales datos cuando: 1.- Ello sea indispensable para la elegibilidad de quienes solicitan beneficios o son beneficiarios de los programas sociales respectivos, la mantención de los mismos o la complementación del Registro de Información Social a que se refiere el artículo 6° de la ley 19.949. 2.- En su requerimiento, el Ministerio de Desarrollo Social indique expresa y Detalladamente la información que requiere y los fines para los cuales será empleada. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del documento en estudio. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante