Dictamen CGR

Dictamen N° 92956/2016

2016-12-27 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 551, de 2016, del Comando de Personal del Ejército

N° 92.956 Fecha: 27-XII-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 551, de 2016, del Comando de Personal del Ejército, que afina la investigación sumaria administrativa ordenada instruir con motivo de lo expuesto en el oficio N° 29.815, de 2016, de este origen, a través del cual se objetó, en síntesis, la eliminación de documentación relativa a chilecompra, sin que se hubiesen respetado los plazos de conservación y custodia dispuestos en la normativa aplicable. Sobre el particular, cabe expresar que la tramitación del aludido procedimiento no se ajusta a lo preceptuado en el artículo 19 del decreto N° 277, de 1974, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Investigaciones Sumarias Administrativas de las Fuerzas Armadas, según el cual, el fiscal procederá a practicar todas las diligencias que estime convenientes para el esclarecimiento de los hechos ordenados investigar. En efecto, del estudio del expediente tenido a la vista, aparece que la investigación fue llevada a cabo de manera genérica, toda vez que no se realizaron diligencias para determinar las responsabilidades administrativas de los servidores específicos que participaron en el proceso de destrucción y eliminación de documentación sin que se hubieren respetado los plazos de conservación establecidos en la normativa aplicable. Asimismo, no se han acompañado antecedentes que acrediten que la documentación eliminada corresponda a copias y que sus originales permanezcan en resguardo, mientras no sean examinados y aprobadas sus cuentas por esta Entidad de Control, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 21 de la ley N° 10.336, lo cual es necesario comprobar, debido a que las actas de destrucción no especifican los documentos ni menos la circunstancia de ser copias, razón por la cual la etapa indagatoria del procedimiento sumarial de que se trata, no se encuentra totalmente agotada. En mérito de lo señalado, se representa la resolución N° 551, de 2016, del Comando de Personal del Ejército, con el fin de que esa jefatura disponga la reapertura de la referida indagación, con el objeto de determinar las eventuales faltas en que pudiesen haber incurrido los empleados que intervinieron en los hechos descritos y esclarecer la responsabilidad disciplinaria que les corresponda. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado