Dictamen CGR

Dictamen N° 92957/2016

2016-12-27 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Superintendencia de Seguridad Social emitió un pronunciamiento en el ámbito de sus competencias, no procediendo que esta entidad de control intervenga en el tema planteado

N° 92.957 Fecha: 27-XII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Mario Lorca Avilés, para solicitar la revisión del cálculo de la pensión de invalidez que le fue otorgada en virtud de la ley N° 16.744, por el accidente laboral que sufrió en el año 2000, en atención a los motivos que expone. Sobre el particular, cabe manifestar que de acuerdo con lo previsto en el artículo 30 de la ley N° 16.395, en relación con el artículo 48 de la ley N° 20.255, el organismo que debe conocer y resolver los asuntos relativos a la aplicación e interpretación de la mencionada ley N° 16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, es la Superintendencia de Seguridad Social, por lo que, considerando que esa institución supervisora -dentro del ámbito de sus atribuciones-, emitió un pronunciamiento expresando en términos suficientes las motivaciones que la llevaron a adoptar la decisión que allí se contiene, sin que, por lo demás, se adviertan irregularidades en su proceder, no corresponde que esta Entidad Fiscalizadora intervenga en esa materia. Por consiguiente, se abstiene de emitir un pronunciamiento sobre el tema planteado. Transcríbase a la Superintendencia de Seguridad Social. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado