Dictamen N° 9316/2017
N° 9.316 Fecha: 17-III-2017 Esta Contraloría General se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad del acto administrativo del rubro, que Aprueba Norma General Técnica para la Implementación y Funcionamiento de Bancos de Leche Humana en Chile -firmado por la Ministra de Salud bajo la fórmula “por orden de la Presidente de la República”, conforme a la delegación de firma dispuesta por la Jefe de Estado por el decreto supremo N° 28, de 2009, de la respectiva secretaría de Estado-. Lo anterior, dado que la fijación de normas técnicas constituye un asunto que se encuentra exento del trámite de toma de razón, conforme con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora. Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que, además, el presente instrumento aborda la regulación de materias propias de la potestad reglamentaria del Jefe de Estado, conforme con lo dispuesto en los artículos 32, N° 6, de la Constitución Política, y 2° y 6° del Código Sanitario, y, por ende, indelegable, como sucede con la vigencia de la autorización sanitaria de los bancos de leche humana y el establecimiento de las causales que habilitan la autorización médica a que se refiere el artículo 18 de dicho código, dado que ejecutan una norma legal. En consecuencia, corresponde que se corrija la norma técnica que por este acto administrativo exento se viene aprobando, ajustando sus términos conforme a lo señalado en el párrafo precedente. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República