Dictamen N° 93401/2021
N° E93401 Fecha: 08-IV-2021 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba convenio modificatorio celebrado entre la Dirección de Obras Hidráulicas y la empresa sanitaria que indica, en el marco de las actividades de asesoría y asistencia y de gestión de proyectos del programa de agua potable rural de la región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, en atención a las siguientes observaciones: 1.- En lo que se refiere a las actividades de asesoría y asistencia, no queda claro el plazo de ampliación que se pacta, si se considera que en la cláusula primera se anota, en lo que importa, que la vigencia de las funciones de asesoría y asistencia se extienden de 24 a 48 meses, en circunstancias que la cláusula cuarta dispone que al cumplirse el mes 34, la Subdirección Regional de Servicios Sanitarios Rurales asumirá la totalidad de las labores de asesoría y asistencia, y que en la cláusula octava se alude al “período adicional de 10 (diez) meses” para la asesoría y asistencia. 2.- La cláusula séptima omite señalar la plataforma a utilizar para el libro de obra ni quien debe proveerla. Finalmente, en el párrafo segundo de la cláusula novena del acuerdo se observa un error de cálculo en la determinación del monto de la garantía de fiel cumplimiento del convenio. Además, en el párrafo quinto de la misma cláusula se alude erróneamente a la cláusula 7ª, letra b), del convenio original, y en la cláusula octava se cita una “cláusula 4a letra a) párrafo tercero”, sin que se advierta esta ubicación en el pacto. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de la División de Infraestructura y Regulación