Dictamen N° 94071/2016
N° 94.071 Fecha: 30-XII-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se aprueba el convenio celebrado con la Universidad de Santiago de Chile (Programa PACE), por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que el acto administrativo en estudio fue ingresado a tramitación a este Organismo de Control recién el día 26 de diciembre de 2016, esto es, con posterioridad a la entrega del informe de avance a que se refiere el literal b de su cláusula quinta. En tal sentido, la demora en su ingreso no resulta conciliable con los principios de eficiencia, economía procedimental y celeridad, consagrados en los artículos 5° y 8° de la ley N° 18.575, y 7° de la ley N° 19.880, según lo ha informado este Organismo Fiscalizador, entre otros, en sus dictámenes N°s. 20.056 y 44.759, ambos de 2016. Por lo anterior, en lo sucesivo esa repartición deberá adoptar las medidas que sean necesarias para que sus instrumentos se envíen a tramitación oportunamente. Por otra parte cumple con anotar que la transcripción que realiza la Subsecretaria de Educación, debe consignarse solo en las copias del acto administrativo, certificando su autenticidad como ministro de fe, pero no en el original del mismo, como acontece en la especie (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s 79.088, de 1972 y 22.821, de 2013). Con los alcances que antecede se ha tomado razón del decreto del rubro. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República