Dictamen N° 94406/2014
N° 94.406 Fecha : 04-XII-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-140, conducido por su funcionario, señor Wilson Francisco Sobarzo Silva, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 16 de junio de 2013, ese servidor, mientras permanecía estacionado con el aludido móvil en la Ruta 5 Norte, a la altura del kilómetro 815, fue colisionado en la parte posterior por un vehículo particular, cuyo chofer, debido a que conducía bajo los efectos del alcohol, no se percató de la presencia del automóvil policial, lo que la Subcomisaría I.A.T y Carreteras Atacama, en su oficio N° 7, de 2013, estableció como causa basal del accidente, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local de Copiapó. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 487, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $2.021.766, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Wilson Francisco Sobarzo Silva, por los daños causados en el vehículo fiscal RP-140. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República