Dictamen CGR

Dictamen N° 94447/2016

2016-12-30 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Genera Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Imparte instrucciones a las empresas públicas, sociedades del Estado e institutos tecnológicos CORFO sobre el ejercicio contable año 2017

N° 94.447 Fecha: 30-XII-2016 La Contraloría General de la República, en uso de las facultades que le confiere el artículo 98 de la Constitución Política de la República y su ley N° 10.336, Orgánica Constitucional, en materia de contabilidad general de la Nación, ha estimado pertinente dirigirse a Ud., con el objeto de que se sirva remitir, trimestral y anualmente, la información que a continuación se indica: I. Estados Financieros • Estado de Situación Financiera: comparativo con el Estado de Situación Financiera anual del ejercicio anterior. • Estado de Resultados Integrales: para el período sobre el que se esté informando (trimestre respectivo) y el acumulado para el período contable hasta la fecha, comparativos con los períodos correspondientes del ejercicio anterior, respectivamente. • Estado de Flujos de Efectivo: acumulado hasta la fecha del ejercicio correspondiente, comparativo con igual período del ejercicio anterior. • Estado de Cambios en el Patrimonio Neto: acumulado hasta la fecha del ejercicio correspondiente, comparativo con igual período del ejercicio anterior. • Notas Explicativas a los Estados Financieros. Cabe mencionar, que los registros contables de la entidad deberán concordar con los saldos declarados en los estados financieros antes singularizados, los que se presentarán de acuerdo a la siguiente calendarización: a) Marzo: Sesenta (60) días contados desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario, es decir, hasta el 30 de mayo de 2017. b) Junio: Setenta y cinco (75) días contados desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario, es decir, hasta el 13 de septiembre de 2017. c) Septiembre: Sesenta (60) días contados desde la fecha de cierre del respectivo trimestre calendario, es decir, hasta el 29 de noviembre de 2017. d) Diciembre: Noventa (90) días contados desde la fecha de cierre del ejercicio anual, es decir, hasta el 31 de marzo de 2018. El envío de los estados financieros se debe hacer conforme a lo indicado en el punto VI. II. Situación Presupuestaria Se ha considerado necesario solicitar el estado de ejecución presupuestaria mensual que consiste en informar el presupuesto actualizado, presupuesto inicial de ingresos y gastos, que haya sido aprobado para esa entidad, y sus respectivas modificaciones, en la moneda funcional en la cual es aprobado, como asimismo su ejecución mensual y acumulada al trimestre que se está presentando, la cual debe ser enviada en las mismas fechas establecidas para la entrega de los estados financieros, ajustándose a la estructura, términos y modalidades, que sobre esta materia se establecen en las instrucciones y formularios que se adjuntan (ANEXO Nº 1). Cabe precisar que para todos los subtítulos que contengan un ítem o asignación denominada “Otros”, y cuyo monto sea mayor o igual al 20% del total del subtítulo, se deberá presentar un detalle de su composición. Lo anterior está referido a lo siguiente: III. Informe de la Gestión Financiera del Estado (IGFE) La Contraloría General de la República, en conformidad con lo establecido en el artículo 142 de su ley Orgánica antes citada, debe preparar anualmente el Informe de la Gestión Financiera del Estado. Para tal efecto, este Organismo Contralor solicita a las Empresas Públicas y a los Institutos Tecnológicos CORFO, la presentación del Balance General y el correspondiente Estado de Resultados Comparativo practicados por la entidad a su cargo, al 31 de diciembre de 2016 y 2017, a más tardar el 31 de enero de 2018, aun cuando a esa fecha no se encontraren auditados. Del mismo modo, se ha considerado necesario que se informe sobre el presupuesto de ingresos y gastos totales, en la misma moneda funcional en la cual es aprobado su presupuesto, como asimismo de su ejecución. IV. Estados Financieros Anuales de Filiales Las empresas, sociedades o entidades públicas o privadas en que las Empresas Públicas o Sociedades del Estado tengan aportes de capital mayoritario o en igual proporción, o, en las mismas condiciones, representación o participación deberán remitir de manera anual los estados financieros definidos en el apartado I. Por tal motivo, este Organismo Contralor solicita a las filiales de las entidades incluidas en estas instrucciones la presentación de sus Estados Financieros a más tardar el 31 de marzo de 2018. V. Información Contable y Presupuestaria Desagregada de las Empresas Públicas, Sociedades del Estado e Institutos Tecnológicos CORFO. La Contraloría General de la República ha desarrollado un sistema de procesamiento de información denominado Sistema de Contabilidad General de la Nación II, en adelante SICOGEN II, cuyo objetivo es modernizar el envío de la información contable y presupuestaria que las Empresas Públicas, Sociedades del Estado e Institutos Tecnológicos CORFO realizan a este Organismo de Control. SICOGEN II se alimenta de los datos contenidos en los siguientes informes: El Estado de Situación Presupuestaria, deberá ser enviado de manera trimestral en las fechas definidas en el punto II, concordando con el envío de los estados financieros de la institución. El Balance de 8 columnas o balance tabulado, que se confecciona a partir del libro mayor, deberá ser remitido de manera trimestral en las fechas definidas en el punto I, concordando con el envío de los estados financieros de la institución. En la misma oportunidad se deberán enviar las cédulas de clasificación, las cuales ordenan la información que arroja el Balance de 8 Columnas. VI. Procedimiento de envío de la información 1. Sistema de Contabilidad General de la Nación II (SICOGEN II) Este sistema captura y valida en línea la información enviada. Con el fin de efectuar una correcta carga de la información solicitada, este Órgano Contralor le remitirá a cada Empresa Pública, Sociedad del Estado e Instituto Tecnológico CORFO un manual donde se especifica cómo y dónde se debe proceder con el envío. A continuación se señalan los informes que deben ser remitidos a través de esta vía. 1.1 Estado de Ejecución Presupuestaria mensual. (ANEXOS Nº 2 y Nº 3) 1.2 Balance de 8 columnas trimestral. (ANEXO Nº 4) 1.3 Cédulas de clasificación trimestral para el Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados. (ANEXO Nº 5) 1.4 Estado de Situación Financiera anual preliminar para Empresas Públicas e Institutos Tecnológicos CORFO. (ANEXOS Nº 6 y Nº 7) 1.5 Estado de Resultados anual preliminar para Empresas Públicas e Institutos Tecnológicos CORFO. (ANEXO Nº 8) 1.6 Estados Financieros trimestrales. 1.7 Estado de Ejecución Presupuestaria anual preliminar para Empresas Públicas e Institutos Tecnológicos CORFO. 2. Sistema de Recepción de Estados Financieros (SIREF) Habilitado en el sitio web institucional www.contraloria.cl . A continuación se señalan los informes que deben ser remitidos a través de esta vía. 2.1 Detalle de subtítulos que contengan un ítem o asignación denominada “Otros”, y cuyo monto sea mayor o igual al 20% del total del subtítulo. 2.2 Estados Financieros de las Filiales de las Empresas del Estado. 2.3 Decretos que aprueban y modifican presupuestos de caja para las Empresas Públicas, Sociedades del Estado e Institutos Tecnológicos CORFO. Por otro lado, se solicita a todas las Empresas Públicas, Sociedades del Estado e Institutos Tecnológicos CORFO informar oportunamente mediante correo electrónico, los cambios de usuarios designados para SICOGEN II y SIREF que puedan ocurrir durante el transcurso del ejercicio contable, con el objeto de permitir el correcto funcionamiento de los sistemas y la pronta incorporación de los nuevos usuarios. Adicionalmente, cabe señalar que el Anexo Nº 9 contiene un resumen de las fechas en las cuales las Empresas Públicas, Sociedades del Estado e Institutos Tecnológicos CORFO deben remitir información a la Contraloría General de la República. Finalmente, ante cualquier consulta sobre la materia, deberá dirigirse a la jefatura correspondiente del Área Empresas Públicas y Universidades de la División de Análisis Contable, al teléfono 224025773 o al correo electrónico nespinozaa@contraloria.cl. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República ANEXO N° 1 INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS DATOS DE LOS ESTADOS DE SITUACIÓN PRESUPUESTARIA AÑOS 2017 Y 2016 I. CLASIFICACIÓN DE LOS DATOS En la preparación de los estados de situación presupuestaria, las Empresas Públicas (a excepción de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, en adelante CODELCO), Sociedades del Estado e Institutos Tecnológicos CORFO se ajustarán al siguiente clasificador de ingresos y gastos, cuyas definiciones se encuentran contenidas en el decreto exento Nº 724, de 2001, del Ministerio de Hacienda, para el caso de CODELCO, se deberá remitir la información, según lo señale el decreto exento que aprueba el presupuesto anual de caja de dicha corporación, para el período correspondiente. II. PRESUPUESTO AL 31-12-2017 Y AL 31-12-2016 Procede informar el presupuesto inicial aprobado por la autoridad competente, más las modificaciones efectuadas durante el ejercicio correspondiente a los años 2017 y 2016. III. EJECUCIÓN DE INGRESOS Corresponde informar los ingresos presupuestarios efectivamente percibidos al 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre de 2017, por cada concepto que corresponda, en forma acumulada al trimestre respectivo y en términos comparativos con el presupuesto anual actualizado a la data de los informes. Respecto del subtítulo 11 Saldo Inicial de Caja, cabe tener presente que este solo debe ser proyectado para los efectos de la formulación presupuestaria, por cuanto el clasificador antes reseñado lo consulta expresamente como una de las fuentes de financiamiento de la actividad institucional. Sin embargo, desde el punto de vista contable, no procede su registro como ingreso en la ejecución presupuestaria. IV. EJECUCIÓN DE GASTOS Corresponde informar los gastos presupuestarios efectivamente pagados al 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre de 2017, por cada concepto que corresponda , en forma acumulada al trimestre respectivo y en términos comparativos con el presupuesto anual actualizado a la data de los informes. En cuanto al subtítulo 90 Saldo Final de Caja, al igual que el Saldo Inicial de Caja, cabe manifestar que solo tiene efecto en la formulación presupuestaria y, en consecuencia, no procede su registro como gasto en la ejecución presupuestaria. Por lo tanto, las entidades incluidas en estas instrucciones deben abstenerse de informar como ejecutados presupuestariamente los subtítulos 11 Saldo Inicial de Caja y 90 Saldo Final de Caja y deben entregar información de ejecución presupuestaria acumulada a los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. V. CIFRAS AÑO 2016 Deberán anotarse los montos definitivos determinados, tanto para el presupuesto como para la ejecución, por cada uno de los rubros correspondientes al ejercicio año 2016, en valores nominales. ANEXO N° 9 RESUMEN DE ENTREGAS Estados Financieros y Presupuestarios Trimestrales Estado Financiero Consolidado Periodo Comparado con Envío antes del Formato Estado de Situación Financiera al 31/03/2017 31/12/2016 30/05/2017 Anexo Nº 6 y Nº 7 al 30/06/2017 31/12/2016 13/09/2017 Anexo Nº 6 y Nº 7 al 30/09/2017 31/12/2016 29/11/2017 Anexo Nº 6 y Nº 7 al 31/12/2017 31/12/2016 31/03/2018 Anexo Nº 6 y Nº 7 Estado de Resultados 01/01/2017 al 31/03/2017 01/01/2016 al 31/03/2016 30/05/2017 Anexo Nº 8 01/01/2017 al 30/06/2017 01/01/2016 al 30/06/2016 13/09/2017 Anexo Nº 8 01/01/2017 al 30/09/2017 01/01/2016 al 30/09/2016 29/11/2017 Anexo Nº 8 01/01/2017 al 31/12/2017 01/01/2016 al 31/12/2016 31/03/2018 Anexo Nº 8 Estado de Situación Presupuestaria 01/01/2017 al 31/03/2017 - 30/05/2017 Anexos N° 2 y Nº 3 01/01/2017 al 30/06/2017 - 13/09/2017 Anexos N° 2 y Nº 3 01/01/2017 al 30/09/2017 - 29/11/2017 Anexos N° 2 y Nº 3 01/01/2017 al 31/12/2017 - 31/03/2018 Anexos N° 2 y Nº 3 Información Contable-Presupuestaria Desagregada Informe Periodo Comparado con Envío antes del Formato Balance de 8 Columnas al 31/03/2017 - 30/05/2017 Anexo N° 4 al 30/06/2017 - 13/09/2017 Anexo N° 4 al 30/09/2017 - 29/11/2017 Anexo N° 4 al 31/12/2017 - 31/03/2018 Anexo N° 4 Cédulas de Clasificación al 31/03/2017 - 30/05/2017 Anexo N° 5 al 30/06/2017 - 13/09/2017 Anexo N° 5 al 30/09/2017 - 29/11/2017 Anexo N° 5 al 31/12/2017 - 31/03/2018 Anexo N° 5 Estados Financieros y Presupuestarios Preliminares Empresas Públicas e Institutos Tecnológicos CORFO (IGFE) Estado Financiero Consolidado Periodo Comparado con Envío antes del Formato Estado de Situación Financiera al 31/12/2017 31/12/2016 31/01/2018 Anexo Nº 6 y Nº 7 Estado de Resultados 01/01/2017 al 31/12/2017 01/01/2016 al 31/12/2016 31/01/2018 Anexo Nº 8 Estado de Situación Presupuestaria 01/01/2017 al 31/12/2017 01/01/2016 al 31/12/2016 31/01/2018 Anexo Nº 2 y Anexo Nº 3