Dictamen CGR

Dictamen N° 95823/2015

2015-12-02 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 49, de 2015, de la Dirección de Vialidad, Región de La Araucanía
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N° 95.823 Fecha: 02-XII-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que deja sin efecto la resolución N° 24, de 2015 -representada por la Contraloría Regional de La Araucanía, mediante el oficio N° 3.903, de 2015-, y regulariza el pago de mayores gastos generales en el marco del contrato “Conservación Red Comunal Camino Mahuidanche - Misión Inglesa - Convenio Quepe - Pelales, sector Km 0,00 km 7,979 comuna de Freire, Provincia de Cautín”, por cuanto no se advierte el cumplimiento de los requisitos contemplados en los artículos 146 y 147 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, específicamente que el aumento de plazo no obedezca a otras causales previstas en el reglamento. En efecto, de los antecedentes tenidos a la vista se aprecia que el aumento de plazo de 171 días, aprobado mediante la resolución exenta N° 2.361, de 2012, de esa dirección, obedece fundamentalmente a incrementos de obra, sin que sea posible distinguir aquel plazo no vinculado a tales incrementos, que afectó el programa de trabajo susceptible de indemnizar, según dispone el documento en estudio. Sin perjuicio de lo indicado, no se remiten los antecedentes que acrediten la paralización a que se alude en la resolución exenta N° 971, de 2013, de esa repartición, lo que resulta relevante a los efectos de examinar la indemnización de que se trata. Cabe agregar que esa dirección deberá acompañar junto con el ingreso de la resolución que autorice la indemnización, copia de los libros de obra y de comunicaciones, de la documentación citada en los vistos de las resoluciones mencionadas precedentemente, de los anexos a que aluden los convenios sancionados y de los programas de trabajo pertinentes. Por último, cabe reparar que los recursos consultados en los decretos N os 2.184, de 2014, 720 y 1.516, todos de 2015, del Ministerio de Hacienda, que contienen la asignación presupuestaria respectiva -Código BIP 30081183-0- resultan insuficientes para financiar los fondos imputados en el resuelvo N° 2 del acto en examen. Transcríbase a la Contraloría Regional de La Araucanía y a la Dirección de Vialidad. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación