Dictamen N° 9607/2019
N° 9.607 Fecha: 05-IV-2019 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba el contrato, suscrito vía trato directo, entre Subsecretaría de Redes Asistenciales y la Pontificia Universidad Católica de Chile, para el otorgamiento y pago de programas de especialización para médicos cirujanos, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, en lo sucesivo, los acuerdos de voluntades como el de la especie, deben suscribirse y aprobarse oportunamente, toda vez que, en este caso, el contrato fue celebrado en noviembre de 2018, pero el programa de especialización comenzaba en abril de esa anualidad, y la resolución aprobatoria se dictó el 7 de febrero de 2019 (aplica oficio N° 31.865, de 2018). Asimismo, cabe anotar que ese organismo deberá verificar que a la aludida casa de estudios no le afecten las inhabilidades para contratar con la Administración establecidas en la ley N° 19.886, en la ley N° 20.393 y en el decreto ley N° 211 de 1973 (aplica criterio contenido en los oficios N os 6.148, de 2019; 29.055, de 2018, y 24.269, de 2017). Además, cumple con hacer presente que, en concordancia con lo previsto en el artículo 3° del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, esa institución deberá adjuntar a los actos administrativos como el de la especie, el original del correspondiente certificado de disponibilidad presupuestaria, y no como sucedió en la situación en examen, donde se acompañaron copias simples de dichos documentos (aplica oficio N° 8.155, de 2018). Por último, a futuro, ese servicio deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien imprimir tales documentos por ambos lados (aplica oficio N° 12.221, de 2018). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República