Dictamen N° 9688/2012
N° 9.688 Fecha: 16-II-2012 El Presidente del Senado, en nombre del senador don Alejandro Navarro Brain, ha consultado si la explotación de una cantera existente en los terrenos de la Base Naval de Talcahuano, efectuada por la Armada con el objeto de obtener material necesario para reparar los molos dañados por el terremoto, requiere contar con un estudio de impacto ambiental o si está exceptuada de cumplir con las exigencias previstas en la normativa medioambiental. La Armada, al informar sobre el asunto, indica, en lo que importa, que la extracción de áridos se efectúa desde la Cantera Tricao, ubicada en la península de Tumbes de la comuna de Talcahuano, añadiendo que doña Rosalía Olave Cuevas y don Nector Valladares Bustos, interpusieron un recurso de protección en su contra, ante la Corte de Apelaciones de Concepción, rol de ingreso N° 1611-2011, que se refiere a esta materia, cuya sentencia fue apelada ante la Corte Suprema, circunstancias que también fueron comunicadas por el Servicio de Evaluación Ambiental. Al respecto, cabe tener presente que el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, dispone que este Organismo Contralor no intervendrá ni informará los asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso, o que estén sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, como ocurre en la especie, por lo cual, en concordancia con lo manifestado en el dictamen N° 52.642, de 2011, esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse de emitir un pronunciamiento acerca de la consulta formulada por el Presidente del Senado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República