Dictamen CGR

Dictamen N° 97404/2015

2015-12-09 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado por razones que indica

N° 97.404 Fecha: 09-XII-2015 El señor Felipe Hinrichsen Délano, requiere un pronunciamiento respecto a la omisión en que, a su juicio, ha incurrido la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, al no haber adoptado las medidas para implementar la modificación realizada por la ley N° 20.772, en lo referente al nuevo texto que estableció para el artículo 166 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, contenida en el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, de esa cartera ministerial, que señala reglas aplicables a los permisos para ampliaciones, entre otros, tratándose de viviendas sociales cuyo valor de tasación de la construcción no sea superior a 520 unidades de fomento. Sobre el particular, es necesario anotar que de conformidad con las disposiciones de la ley N° 10.336, Orgánica de esta Contraloría General, y con las instrucciones impartidas por su oficio N° 24.143, del presente año, apartado II, puntos 4° y 6°, para la atención de solicitudes de pronunciamiento jurídico formuladas por particulares es menester que se refieran a asuntos en los cuales tengan derechos o intereses específicos, individuales o colectivos y que señalen los hechos y razones que las motiven. En ese contexto, y considerando que no se aprecia que concurran en la especie los presupuestos reseñados, esta Sede de Control ha debido abstenerse de emitir su parecer. Finalmente, y teniendo en cuenta lo consignado y lo previsto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, cumple con remitir a esa subsecretaría fotocopia del instrumento de la referencia, a fin de que, en el ámbito de sus competencias, proceda a dar una respuesta sobre el asunto al peticionario, informando acerca de esa circunstancia a la Unidad de Seguimiento de la División de Infraestructura y Regulación de esta Contraloría General en el plazo de 15 días contado desde la recepción de este oficio. Transcríbase a la mencionada unidad de seguimiento y al interesado. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación

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