Dictamen CGR

Dictamen N° 97998/2014

2014-12-18 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 97.998 Fecha:18-XII-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados a los vehículos fiscales RP-3233 y RP-3238, conducidos por sus funcionarios, señora Érica Fabiola Molina Garrido y don Juan Carlos Acuña Caro, respectivamente, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil. Sobre el particular, cabe señalar que de la documentación acompañada, aparece que el día 26 de julio de 2012, esos servidores se desplazaban en dichos móviles por el Camino Nos, en la comuna de San Bernardo, en persecución de un vehículo que tenía encargo por robo, cuyo chofer, para evitar su detención, colisionó primero al automóvil RP-3238 en su parte posterior izquierda y luego al vehículo RP-3233, que venía en sentido contrario, quedando este último detenido en medio de dicha arteria, por lo que ambos móviles fiscales chocaron. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según los certificados N os 354, de 2012 y 33, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma total de $2.843.195, siendo dichas especies reparadas y dadas de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil a la señora Érica Fabiola Molina Garrido y a don Juan Carlos Acuña Caro, por los daños causados a los vehículos fiscales RP-3233 y RP-3238, respectivamente. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República