Dictamen N° 98361/2015
N° 98.361 Fecha:14-XII-2015 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba el reglamento de la ley N° 20.700, que Sanciona la Comercialización del Hilo Curado, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que la alusión en los vistos al N° 8 del artículo 32 de la Constitución Política, se entiende que se efectúa al N° 6 de dicho precepto, el cual previene la potestad reglamentaria del Presidente de la República. Además, en cuanto a la frase final del decreto de la especie, que reza “insértese en la recopilación oficial de la Contraloría General de la República”, debe señalarse que el artículo 26 de la ley N° 10.336 confiere dicha atribución a este Organismo Contralor, en términos de que “Corresponderá exclusivamente a la Contraloría recopilar y editar en forma oportuna y metódica todas las leyes, reglamentos y decretos de interés general y permanente, con sus índices respectivos”. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo examinado. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante