Dictamen CGR

Dictamen N° 99272/2015

2015-12-16 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Plazo para solicitar la revisión de la pensión no contributiva que indica, se encuentra vencido

N° 99.272 Fecha : 16-XII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Manuel Pinto Hernández, exonerado político de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, solicitando la reliquidación de su pensión no contributiva, en los términos que indica. Requerido su informe, el Instituto de Previsión Social manifiesta que la jubilación del interesado se encuentra bien determinada y que las acciones para pedir su revisión están prescritas. Sobre el particular, cabe señalar que mediante la resolución N° 6.434, de 2008, del ex Ministerio del Interior, reliquidada por la resolución N° 10.193, de 16 de noviembre de 2009, del mismo origen, se concedió al recurrente la pensión en comento en base al grado 9° de la Escala Única de Sueldos, ascendente a $ 143.683, a contar del 1 de diciembre de 2003. En este sentido, es pertinente consignar que los incisos tercero y cuarto del artículo 4° de la ley N° 19.260, disponen, en lo que interesa, que los beneficios que indica son revisables de oficio o a petición de parte, en los casos en que se comprobaren diferencias en la computación de períodos de afiliación o servicios, en las remuneraciones imponibles consideradas para la determinación del sueldo base de pensión o, en general, cuando existiere cualquier error de cálculo o de hecho en la liquidación, dentro del término de tres años contado desde su otorgamiento o del respectivo reajuste. Siendo ello así, y dado que de los registros de esta Contraloría General, se desprende que la primera petición efectuada por el recurrente ante esta Entidad Fiscalizadora con la finalidad de reliquidar su jubilación data del 9 de marzo de 2015, sin que haya constancia de algún requerimiento en el tiempo intermedio, es dable concluir que el plazo para pedir su revisión se encuentra vencido. En consecuencia, se desestima la petición del señor Pinto Hernández. Transcríbase al Instituto de Previsión Social. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante