Dictamen CGR

Dictamen N° 9961/2018

2018-04-17 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No procede revisar evaluación de funcionario de Carabineros de Chile, ubicado por primera vez en Lista N° 3, de Observación

N° 9.961 Fecha: 17-IV-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Rubén Rodríguez Zapata, funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento acerca de la legalidad de su calificación correspondiente al año 2017, en la cual fue incluido por primera vez en Lista N° 3, de Observación. Sobre el particular, cabe señalar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, que los funcionarios de esa institución pueden solicitar la revisión de su calificación siempre que interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante esta Entidad Fiscalizadora, dentro del plazo fatal de un año desde el retiro, por haber sido incorporados en Lista N° 4, de Eliminación o por segunda vez consecutiva en Lista N° 3, de observación, lo que no se cumple en la especie. En efecto, de lo expuesto por el propio recurrente, aparece que en el aludido proceso fue incluido, por primera vez, en la Lista N° 3, de Observación, no existiendo, por ende, una decisión respecto de la cual corresponda reclamar ante esta Entidad Fiscalizadora, tal como se informó, para una situación similar, en el dictamen N° 844, de 2013, de este origen. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Diego Cartes Saavedra Jefe de Departamento (S) de Previsión Social y Personal

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