Legislación

Artículo 251

FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL CODIGO DEL TRABAJO

Art. 251. No obstante lo dispuesto en el artículo L. 19.069 anterior, los empleadores podrán convenir con el directorio Art. 40 que uno o más de los dirigentes sindicales hagan uso de licencias sin goce de remuneraciones por el tiempo que pactaren.