Legislación

Artículo 10

DEROGA LEY N° 17.054 Y DICTA EN SU REEMPLAZO DISPOSICIONES QUE REGULAN USO Y CIRCULACION DE VEHICULOS ESTATALES

Artículo 10°.- Los vehículos asignados a las autoridades que menciona el inciso tercero del artículo 3° de este decreto ley, pueden ser usados en las actividades propias del cargo que dichas autoridades desempeñan, sin restricciones.