Legislación

Artículo 83

APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY Nº19.886 DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACION DE SERVICIOS

Artículo 83.- Formulario: Los Proveedores que deseen inscribirse en el Registro deberán completar y presentar a la Dirección o la entidad que ésta designe, por medio del Sistema de Información o de sus oficinas de atención de Usuarios, un formulario de solicitud de inscripción, adjuntando la totalidad de la documentación requerida en conformidad al presente Reglamento. El formulario estará disponible, en el Sistema de Información. El postulante al Registro que solicita su inscripción deberá indicar la o las categorías en que desea ser inscrito. La información que se presente con el objeto de lograr la inscripción en el Registro deberá ser fidedigna y vigente.