Legislación

Artículo 22

LEY DE ORGANIZACION Y ATRIBUCIONES DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

Artículo 22. Los Departamentos y la Secretaría General dependerán directamente del Contralor. Los Subdepartamentos podrán depender de los Departamentos o directamente del Contralor, según lo resuelva éste en atención a las necesidades del servicio. La fiscalía de la Contraloría General dependerá directamente del Contralor General.