Legislación
Artículo 54
Artículo 54.- El ascenso es el derecho de un Ley 18.834, funcionario de acceder a un cargo vacante de grado superior Art. 49. en la línea jerárquica de la respectiva planta, sujetándose estrictamente al escalafón, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 56.