Legislación

Artículo 58

FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO

Artículo 58.- Para hacer efectivo el derecho que Ley 18.834, establece el artículo precedente, los funcionarios deberán Art. 53. reunir los requisitos del cargo vacante a que se postula y no estar sujetos a las inhabilidades contempladas en el artículo 55.