Legislación

Artículo 18_Y

FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 19.070 QUE APROBO EL ESTATUTO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACION, Y DE LAS LEYES QUE LA COMPLEMENTAN Y MODIFICAN

Artículo 18 Y.- La información proveniente de los procesos de inducción y mentoría será pública, sin perjuicio de la debida reserva de los datos personales de conformidad a la ley. Con todo, la información deberá ser entregada en forma agregada, de modo que no puedan ser identificados los resultados de los procesos a nivel individual.