Legislación
Artículo 30
Artículo 30: En cada comuna se establecerán anualmente Comisiones Calificadoras de Concursos, para cada Ley Nº 19.070 una de las siguientes funciones: Art. 29 a) Técnico pedagógica, con excepción de la de los Ley Nº 19.410 Jefes Técnicos. Art. 1º Nº 14 b) Docente de la enseñanza media. c) Docente de la enseñanza básica y pre-básica.